A partir de ayer lunes ojito con el velocímetro............

Aquí os dejamos la nueva tabla de la DGT con los nuevos límites y sanciones.
Entra en vigor desde el 7 de Marzo de 2011 a las 06:00, hasta el 30 de Junio de 2011, siendo el plazo prorrogable por el Gobierno atendiendo a la situación del mercado energético.No se modifican las sanciones por puntos, que se mantienen como anteriormente a partir de 151 km/h en las vías de máxima 110 km/h pero cuidado con los márgenes, aparece un nuevo nivel de sanción entre 141 y 150km/h, que lleva asociada una multa de 300€, sin retirada de puntos (antes, la multa por ir a esta velocidad era de 100€).

*IMPORTANTE: En País Vasco (Ertzaintza) y Cataluña (Mossos) se aplica un baremo distinto a la DGT en el margen de error de los radares.
- DGT / Guardia Civil de Tráfico: 10% sobre la velocidad permitida. (sanción en autovía/autopista, a partir de 121 km/h)
- País Vasco / Ertzaintza: 5 km/h hasta 100 y 6 km/h a partir de 100 km/h. (sanción en autovía/autopista, a partir de 116 km/h)
- Cataluña / Mossos:: 4 km/h hasta 100 y un 4% a partir de 100 km/h. (sanción en autovía/autopista, a partir de 114 km/h)
La velocidad marcada por los velocímetros de los automóviles suele ser entre un 3% y un 10% superior a la velocidad real, por ejemplo: si el coche marca 130km/h en el velocímetro, la velocidad real será aproximadamente de unos 120km/h a 126km/h (variación según marca y modelo).



Comentarios
Suscripción de noticias RSS para comentarios de esta entrada.